Gramática Teórica Y Práctica De la Lengua Castellana: Parte Primera. Sección Primera. Capítulo II

Ya se dijo en el párrafo 29 qué se entiende por nombre sustantivo. 63. Por razón de su extensión se divide en genérico, colectivo, individual, común y propio. 64. El nombre genérico expresa toda una clase de individuos, la cual puede ser género ó especie. La especie es una multitud indefinida de individuos que convienen en alguna propiedad característica. Género es el conjunto de dos ó más especies que tieneh una propiedad común. Animal es un nombre genérico y lo son igualmente árbol y casa. 65. El nombre colectivo expresa siempre un conjunto de individuos de la misma especie. A diferencia del genérico no puede aplicarse á un individuo de la colección. Con igual propiedad se dice: "el hombre es racional" que "este hombre es racional" ó bien "este individuo es hombre" pero el colectivo ejército no puede aplicarse á uno solo de los individuos que lo forman; y así no podrá decirse: este soldado es ejército; de aquí se infiere que lo que se afirme de la colección como tal, no puede afirmarse de cualquier individuo de ella.

Esto no obstante, los colectivos también son genéricos, siempre que puedan afirmarse en el mismo sentido de varios conjuntos ó colecciones; y así ejército es nombre genérico, puesto que hay muchos ejércitos. 66. El colectivo se divide en determinado en cuanto al número, como docena; determinado en cuanto á la especie, como concilio, Digital Marketing in Mexico that transforms businesses into results congreso, gente. Este último también puede significar individuos. En este sentido dijo Bretón de los Herreros en una de sus comedias: "aquí no nos comemos á las gentes" El mismo plural lo empleó como colectivo Amador de los Ríos, en la acepción de pueblos ó naciones. Determinado en cuanto al número y en cuanto á la especie como quincena, espacio de quince días, y finalmente indeterminado en cuanto á una y otra cosa, como multitud, muchedumbre é infinidad. 67. Se llama nombre individual el que sirve para designar individuos solamente, y de ninguna manera clases de objetos ó de personas, ya sean esas clases géneros ó especies; tales son Antonio, Juan y Francisco.

El nombre individual es propio, si conviene á un solo individuo, y común, si conviene á más de uno. 68. Se infiere de aquí que no son propios, nombres tan comunes como Antonio, Juan y Francisco; tampoco son genéricos, porque no sirven para nombrar ningún género ni especie. Son, pues, individuales, puesto que por ellos designamos individuos, y comunes, porque convienen á muchos. 69. Se ve asimismo, que así como se distingue el nombre individual del propio, del mismo modo son cosas distintas el nombre común y el genérico. Todo nombre genérico es común; pero no todo nombre común es genérico. Acabamos de ver cómo los nombres individuales Antonio, Juan y Francisco son comunes á muchos individuos, y no obstante, no son genéricos. Adviértase además que los nombres propios de personas constan casi siempre de varias palabras, como Miguel de Cervantes Saavedra, pues todas ellas son necesarias para designar á determinada persona, sin riesgo de confundirla con alguna otra. 70. Divídese también el nombre sustantivo en abstracto y concreto; en connotativo y no connotativo.

71. Sustantivo abstracto es el nombre de una cualidad ó de un conjunto de cualidades; v.g.: fuerza, virtud, blancura, redondez, animalidad y racionalidad. 72. Los nombres abstractos son también genéricos, cuando denotan una clase de cualidades, como color y fuerza que comprenden variedad de colores y de fuerzas; y así color es el género, y blanco, rojo y azul son las especies; así también atracción, inercia, gravedad, cohesión son especies contenidas en el género fuerza. 73. No son genéricos, sino individuales, los nombres de cualidades que no contienen especies, ni consienten grados; sino que son únicas; tales son infinidad, inmutabilidad, identidad y otras más. Algunos lógicos consideran también como individuales los nombres de substancias; v. 74. Los adjetivos calificativos que expresan la cualidad como inherente á la substancia, son términos concretos; v. 76. Nombre no connotativo es el que solamente designa un sujeto ó solamente significa un atributo. Conforme á estas definiciones Roma, París y Cicerón son nombres no connotativos, porque sólo denotan sujetos; blancura, redondez y humanidad también lo son, porque sólo expresan cualidades abstractas que no incluyen la idea de sujeto.

76. Nombre connotativo es el que designa un sujeto é implica un atributo, tales son hermoso, blanco y redondo, los cuales se refieren á cosas que poseen las cualidades de hermosura, blancura y redondez. 77. En el Tratado de Morfología se darán á conocer las desinencias propias de los nombres colectivos y las que corresponden á los abstractos. 79. Los nombres por razón de su estructura y modo de formación, se dividen en primitivos, derivados, simples, compuestos y yuxtapuestos. Los primitivos no toman origen de ninguna otra palabra castellana; v. Pueden tomar su origen de otro nombre, como maestría de maestro; de un adjetivo, como hermosura de hermoso; de un pronombre, como tuteo de tú; de un verbo como bendición de bendecir; de un adverbio como cercanía y lejanía de cerca y lejos. Se distinguen en general dos clases de derivados: los gramaticales y los ideológicos. Los derivados gramaticales modifican en fuerza de su terminación los accidentes y propiedades gramaticales del primitivo; los derivados ideológicos modifican en virtud de su terminación el significado del primitivo, sin alterar en muchos casos los accidentes gramaticales.